Endosar o ceder un ECHEQ: cuál corresponde

    Contenido informativo · Revisado el 21/09/2026

    Respuesta breve

    El endoso transmite el cheque dentro del régimen de la Ley 24.452 y suma al endosante a la cadena de obligados. La cesión transmite el crédito por las reglas del Código Civil y Comercial y se usa cuando el endoso no está disponible, como en los cheques con cláusula “no a la orden”. En el ECHEQ ambas operaciones se realizan de forma electrónica.

    Qué es el endoso

    Endosar es transmitir el cheque a otro tenedor dentro del régimen cambiario de la Ley 24.452. Quien endosa queda, en principio, dentro de la cadena de obligados al pago, con los alcances y límites que fija esa ley.

    En el ECHEQ el endoso se registra electrónicamente: no hay firma al dorso, sino una operación en la banca electrónica que queda asentada en el sistema.

    Qué es la cesión

    La cesión transmite el derecho de crédito emergente del documento según las reglas del Código Civil y Comercial, no por la vía cambiaria. Es el camino habitual cuando el cheque lleva la cláusula “no a la orden”, que impide el endoso.

    Los efectos jurídicos del endoso y de la cesión no son idénticos: cambian las defensas oponibles y la posición de quien transmite. Esa diferencia amerita revisión profesional en cada caso concreto.

    Cómo se hace en un ECHEQ

    El BCRA describe las operaciones habilitadas sobre ECHEQ, que se ejecutan desde la banca electrónica del tenedor. Cada acción queda registrada, lo que permite reconstruir la cadena completa del documento.

    Antes de transmitir un ECHEQ conviene confirmar con el canal receptor qué operación espera —endoso o cesión— para no trabar la acreditación.

    Preguntas frecuentes

    ¿Un cheque “no a la orden” se puede descontar?

    No se puede endosar, pero el crédito puede cederse. Es una operatoria más documentada y no todos los canales la aceptan, así que conviene confirmarlo antes.

    ¿Endosar un ECHEQ me deja obligado al pago?

    El endoso incorpora al endosante a la cadena de obligados prevista por la Ley 24.452, con los alcances que fija esa ley. Es un punto a revisar con tu asesor legal o contable.

    Fuentes oficiales

    Contenido informativo, no asesoramiento legal, contable, impositivo ni de inversión. Los costos, impuestos y condiciones dependen del canal, la jurisdicción y la situación fiscal de cada empresa. cheque.com.ar no es ALyC, ACDI ni entidad financiera y no ejecuta operaciones: la operatoria la realiza el agente autorizado por la CNV que corresponda.

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