Qué temas abarca
La ley organiza el régimen del cheque como orden de pago. Entre los temas que trata están los siguientes, y conviene leerlos en el texto oficial antes de tomar decisiones:
- Tipos de cheque: común y de pago diferido.
- Requisitos formales del documento.
- Transmisión por endoso y cláusulas que la limitan, como “no a la orden”.
- Presentación al cobro y efectos del rechazo.
- Responsabilidades de librador, endosantes y entidad girada.
Cláusulas que aparecen en la práctica
En la operatoria comercial diaria aparecen recurrentemente dos cláusulas. “No a la orden” impide la transmisión por endoso, de modo que el crédito debe cederse por la vía civil. “Cruzado” limita la forma de cobro del documento.
Cada cláusula cambia lo que se puede hacer con el cheque, y por lo tanto también las alternativas para anticipar su cobro.
Relación con el ECHEQ
El ECHEQ es un cheque en soporte electrónico, no un instrumento nuevo: permanece dentro del régimen de la Ley 24.452 y de la normativa del BCRA que lo implementa.
Por eso las preguntas sobre endoso, cláusulas o rechazo de un ECHEQ se responden con el mismo marco legal que para el cheque en papel, con las particularidades operativas del soporte digital.
Aviso
Este contenido es informativo y general. No sustituye el texto de la ley ni el asesoramiento de un profesional matriculado sobre un caso concreto. Para cualquier decisión, consultá el texto oficial y tu asesor legal.
Fuentes oficiales
Contenido informativo, no asesoramiento legal, contable, impositivo ni de inversión. Los costos, impuestos y condiciones dependen del canal, la jurisdicción y la situación fiscal de cada empresa. cheque.com.ar no es ALyC, ACDI ni entidad financiera y no ejecuta operaciones: la operatoria la realiza el agente autorizado por la CNV que corresponda.
Seguí leyendo
¿Querés revisar tu caso?
Dejanos tus datos y un asesor se comunica para entender tu operatoria y explicarte las alternativas. Es una solicitud de contacto, no una apertura automática.